Cómo dimensionar un generador de emergencia para edificios residenciales
Un generador de emergencia se utiliza para proporcionar energía de respaldo a los sistemas del edificio cuyo funcionamiento es necesario para garantizar la seguridad de los ocupantes y donde la interrupción del suministro de energía tiene el potencial de crear condiciones potencialmente mortales. El Código de Construcción de la Ciudad de Nueva York hace que los sistemas de energía de emergencia sean obligatorios para los edificios residenciales que cumplan con cualquiera de las siguientes descripciones:
- Todos los edificios de viviendas R-1, independientemente de sus características. La clasificación de ocupación R-1 incluye todos los edificios residenciales o espacios interiores que se utilizarán con fines de alojamiento y por períodos inferiores a un mes, como hoteles y propiedades de tiempo compartido de vacaciones. La clasificación R-1 también incluye todos los dormitorios para estudiantes que no están clasificados como R-2 (más de dos residencias), así como unidades residenciales propiedad de organizaciones sin fines de lucro y agencias gubernamentales.
- Edificios residenciales altos que no tienen clasificación R-3 (una o dos unidades de vivienda). La exención también se aplica a edificios R-2 con una altura máxima de 125 pies.
- Edificios residenciales subterráneos, excluidas las residencias unifamiliares o bifamiliares que estén adecuadamente protegidas con rociadores. Los edificios con un solo nivel subterráneo también están exentos si el área de ese nivel es de 1,500 pies2 o menos y hay menos de 10 ocupantes.
Para proporcionar una fuente confiable de energía de respaldo para los sistemas críticos del edificio, un generador de emergencia debe tener el tamaño adecuado de acuerdo con las cargas presentes. Este artículo proporcionará una descripción general de las cargas a considerar al dimensionar un generador de emergencia en los tres tipos de edificios residenciales descritos anteriormente.
Un sistema de energía de emergencia no debe confundirse con un sistema de energía de respaldo, que proporciona energía de respaldo a los sistemas del edificio que causan molestias si dejan de funcionar, pero no en condiciones que pongan en peligro la vida. Sin embargo, tenga en cuenta que el Código de Construcción de Nueva York todavía requiere sistemas de energía de respaldo en muchos casos, incluso si el equipo que alimentan es menos crítico que el cubierto por los sistemas de energía de emergencia.
Requisitos generales para dimensionar generadores de emergencia
Los generadores de emergencia deben tener el tamaño suficiente para alimentar todos los equipos según lo exige el Código de Construcción de Nueva York para el tipo de ocupación, suponiendo que funcionen simultáneamente a plena potencia. El generador de emergencia y su equipo asociado también deben ser capaces de tolerar la corriente de falla más alta posible que pueda ocurrir en sus terminales. Si el generador de emergencia utiliza un motor de combustión interna, deberá estar equipado con un suministro local de combustible con capacidad suficiente para funcionar durante seis horas a plena demanda.
El Código Eléctrico de Nueva York permite que los sistemas de iluminación de emergencia funcionen con baterías y, de ser así, su carga no cuenta para calcular la capacidad total del generador. Sin embargo, las baterías deben ser capaces de proporcionar energía sostenida para toda la carga de iluminación de emergencia durante al menos 1,5 horas y su voltaje no debe caer por debajo del 87,5% del valor nominal. Todos los demás sistemas del edificio que requieran energía de emergencia deben estar conectados al generador de emergencia; En algunos casos se pueden permitir baterías, pero se requiere un permiso especial del Departamento de Edificios de la ciudad de Nueva York. Las baterías deben disponer de un sistema de recarga automática y no se aceptan baterías de coche.
Capacidad de generadores de emergencia en edificios R-1
Como se indicó anteriormente, un sistema de energía de emergencia es obligatorio en todos los edificios residenciales R-1, independientemente de otras características. El Código de Construcción de Nueva York proporciona una lista de todos los tipos de equipos a considerar al dimensionar su generador de emergencia:
- Señales de salida y todos los sistemas de iluminación asociados con los medios de salida.
- Iluminación de cabina de ascensor.
- Toda la infraestructura de comunicaciones utilizada por los sistemas de voz y alarma de emergencia. Esto se aplica a los sistemas auxiliares de radiocomunicaciones, incluso si se instalan voluntariamente donde no lo exige el código.
- Sistemas de protección contra incendios: detección automática de incendios, sistemas de alarma y bombas eléctricas contra incendios de todo tipo, incluidas bombas manuales, automáticas y de refuerzo para rociadores.
Como se indicó anteriormente, la iluminación de emergencia no cuenta para la capacidad requerida del generador si está equipada con baterías que cumplan con los requisitos del código: al menos 1,5 horas de servicio a plena potencia de iluminación sin caer por debajo del 87,5% del voltaje nominal.
Capacidad de generadores de emergencia en edificios de gran altura
Si un edificio residencial se considera una construcción de gran altura, el procedimiento de dimensionamiento del generador de emergencia cambia dependiendo de si el edificio tiene ocupación R-1 o R-2. Tenga en cuenta que las ocupaciones R-3 están exentas según lo establecido en el Código de Construcción de Nueva York. Para edificios altos R-1, se aplica la lista de requisitos proporcionada en el apartado anterior. Por otro lado, la lista de cargas que requieren energía de emergencia en ocupaciones R-2 es más corta:
- Señales de salida y medios de sistemas de iluminación de salida.
- Infraestructura de comunicaciones utilizada por los sistemas de voz de emergencia.
- Bombas eléctricas contra incendios, excepto aquellas cuya alimentación se suministra antes del interruptor principal de servicio.
Las ocupaciones R-2 están exentas del requisito de mantener suministros de combustible en el sitio durante seis horas de operación continua; Se acepta el gas natural como fuente de combustible.
Capacidad del generador de emergencia en edificios subterráneos
Al dimensionar un generador de emergencia en un edificio subterráneo, las cargas a considerar son las mismas que en ocupaciones R-1, con excepción de las bombas contra incendios:
- Señales de salida y todos los sistemas de iluminación asociados con los medios de salida.
- Iluminación de cabina de ascensor.
- Toda la infraestructura de comunicaciones utilizada por los sistemas de voz y alarma de emergencia. Esto se aplica a los sistemas auxiliares de radiocomunicaciones, incluso si se instalan voluntariamente donde no lo exige el código.
- Sistemas de protección contra incendios: sistemas automáticos de detección y alarma.
Conclusión
Antes de que un edificio residencial en la ciudad de Nueva York pueda usarse para la ocupación prevista, es importante verificar si el Código de Construcción requiere un generador de emergencia. Si este es el caso, la unidad deberá dimensionarse según las cargas especificadas en el código de edificación, teniendo en cuenta que existen diferencias entre construcciones R-1, de gran altura y subterráneas.
El Código Eléctrico de Nueva York establece claramente que todos los equipos que requieran energía de emergencia deben estar conectados a un generador de capacidad suficiente. La única excepción aplicable en todos los casos es para los sistemas de iluminación de emergencia alimentados por baterías adecuadas. Es posible que se permita la energía de emergencia basada en baterías para otros sistemas, pero solo con la aprobación directa del Departamento de Edificios.